El Registro  del  Estado  Civil  fue creado mediante Ley N° 26497 y es un Organismo Público Autónomo, encargado de organizar e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y Estado Civil, teniendo como función planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican el Estado Civil de las personas.

Que, la  Municipalidad Distrital de San Juan Bautista  a  través de la Subgerencia de Registros Civiles, organiza, registra y expide las inscripciones de nacimientos, matrimonios y defunciones de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Las inscripciones mencionadas posibilitan otorgar copias o partidas que permiten probar la existencia, identificación y nacionalidad de una persona, así como sus derechos, su estado civil y su fallecimiento.

 MISION:

  • Promocionar   la  importancia  de los Actos  y  Hechos  Vitales  del estado civil de las personas proporcionándoles identidad, origen, seguridad y certeza jurídica, conforme a la Ley y su Reglamento a través de los servidores públicos  de  Registro  Civil.
  • Organizar y mantener actualizado las inscripciones de Identificación de las personas  naturales, tanto de  Nacimientos, Defunciones, Matrimonios, Divorcios   y otros actos que modifican el estado civil, en  forma  verídica  transparente, de acuerdo a  las Normas Reglamentadas por el RENIEC, Decreto Supremo       Nº015- 98-PCM/Reglamento de Inscripciones.

VISION:

  • Optimizar   los   servicios   de   hechos  vitales   y   actos   registrales  con  calidad,  eficiencia   y   eficacia.
  • Ser la Institución Pública de Registro Civil reconocida a nivel local, regional y nacional por su eficiencia e innovación tecnológica continua.
  • Dar mayor énfasis para el año 2015, adaptándose rápidamente a las nuevas demandas de los administrados, propiciando  y  utilizando adecuadamente la innovación tecnológica  disponible, a  fin  de asegurar el logro de metas y objetivos de la institución Municipal.
  • Modernizar la institución y producir un impacto positivo para la población usuaria, traducido en beneficios palpables e inmediatos en los trámites que se realizan en nuestra dependencia. Lograr un Registro Civil a la vanguardia de los servicios electrónicos con juzgados interconectados, aumentando y simplificando los vínculos con la ciudadanía.vc_column_text]
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  • PROCEDIMIENTO  REGISTRAL DE LA OFICINA DE REGISTROS DEL ESTADO CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA, PROVINCIA DE HUAMANGA,  DEPARTAMENTO DE AYACUCHO

    INSCRIPCION DE NACIMIENTO – ORDINARIO

    Plazo de inscripción ordinaria del nacimiento es de sesenta (60) días calendarios

    REQUISITOS OBLIGATORIOS

    • CERTIFICADO DE NACIDO VIVO,  en original firmado y sellado por profesional competente (médico, obstetra o enfermero), con titulo reconocido por el estado que atendió o constató el parto.
    • PRESENCIA DE AMBOS LOS PADRES, individual o conjuntamente con su D.N.I. en original.
    • EN CASO DE NACIMIENTO OCURRIDOS EN OTROS DISTRITOSAdjuntar  Constancia de No Inscrito emitido por la  Jefatura  de la Oficina de Registros del Estado Civil.

    INSCRIPCION  EXTEMPORANEA  DE  NACIMIENTOS  –  MENORES  DE 18 AÑOS  NO   INSCRITOS  EN  EL  PLAZO  DE  60  DÍAS CALENDARIOS  DE  PRODUCIDO  EL  NACIMIENTO

     (ART. 47º DE LA LEY  N°26497)

                                                            REQUISITOS  OBLIGATORIOS:

    Declarantes Autorizados son los padres de manera individual o conjunta y su Documento Nacional de Identidad

    En los casos de imposibilidad comprobada, incapacidad de los padres, u orfandad del titular, los  declarantes autorizados son:

    • Abuelo o abuela de la línea respectiva, el hermano (a) mayor de edad del menor de edad y su D.N.I.
    • El hermano (a) del padre o la madre del menor de edad (tíos consanguíneos) y su D.N.I.
    • El tutor o guardador del menor de edad y su Documento Nacional de Identidad.

    Documentos de sustento:

    • Certificado de Nacido Vivo en original, debidamente suscrito y sellado por profesional competente (médico, obstetra, enfermero con titulo reconocido por el Estado), quien expide este documento ya sea por haber atendido o constatado el parto de aquella época.
    • De no haber en la localidad donde se produjo el nacimiento profesional competente (médico, obstetra o enfermero) que atienda o constató el nacimiento, se podrá acreditar el nacimiento con Constancia Declaración Jurada) en la que la autoridad política, judicial confirma el nacimiento de aquella época.

    Si el declarante no cuenta con uno de los documentos antes señalados debe presentar uno de los siguientes documentos:

    • Partida  de  Bautismo  legalizado  por  el Notario  Eclesiástico.
    • Certificado  de Matricula Escolar (ficha única de matricula) o Certificado de Estudios, con mención de los grados cursados
    • Declaración Jurada de existencia  y  Declaración Jurada de No Inscripción firmada  por dos testigos mayores de edad en presencia del Registrador, acompañando copia legalizada o autenticada del DNI vigente.

    INSCRIPCION  EXTEMPORANEA  DE NACIMIENTOS  DE  MAYOR  DE 18 AÑOS QUE NO FUE INSCRITA EN NINGÚN REGISTRO CIVIL TANTO A NIVEL LOCAL COMO NACIONAL

     (ART. 49º DE LA LEY Nº 26497 Y EL ART. 27º DEL REGLAMENTO DE LAS INSCRIPCIONES)

                                               REQUISITOS  OBLIGATORIOS:

    Declarante:

    • La solicitud es personal por parte del mayor de edad cuyo nacimiento no esté inscrito·
    • La inscripción de nacimiento de mayor de edad es acto directo y personal, no pudiendo efectuarse a través  de  tercera persona con excepción de los padres (del mayor de edad que no esté inscrito) para lo cual el solicitante (titular) debe firmar la Declaración de Consentimiento en presencia del Registrador Civil.
    • En el caso de mayor de edad con incapacidad absoluta o relativa, puede solicitar la inscripción de nacimiento  el  representante  legal.

    Documentos de sustento:

    • Certificado de nacido vivo en original, debidamente suscrito y sellado por profesional competente (médico, obstetra, enfermero con titulo reconocido por el Estado), quien expide este documento ya sea por haber atendido o constatado el parto de aquella época
    • De  no haber en la localidad donde se produjo el nacimiento profesional competente (médico, obstetra o enfermero) que atienda o constató el nacimiento, se podrá acreditar el nacimiento con Constancia (Declaración Jurada) en la que la autoridad política, judicial confirma el nacimiento de aquella época

    Si el declarante no cuenta con uno de los documentos antes señalados debe presentar uno de los siguientes documentos:

    • Partida de Bautismo, legalizado por el Notario Eclesiástico
    • Certificado de Matricula Escolar (ficha única de matricula) o Certificado de Estudios, con mención de los grados cursados.
    • Declaración Jurada de existencia  y  Declaración Jurada de No Inscripción firmada  por dos testigos mayores de edad en presencia del Registrador, acompañando copia legalizada o autenticada de DNI’S.
    • Si la inscripción de nacimiento se solicita en el lugar del domicilio de la persona cuya inscripción de nacimiento se propone, la parte interesada debe presentar el certificado negativo de inscripción emitido por la Oficina de Registro de Estado Civil del lugar donde se produjo el nacimiento

    INSCRIPCION DE NACIMIENTOS  POR MANDATO JUDICIAL
    REQUISITOS OBLIGATORIOS

    • Oficio y partes judiciales conteniendo la copia certificada de la Resolución Judicial firme que declara el abandono legal del menor de edad.